jueves, 6 de febrero de 2014

¿SEXTO DAN ES LO MISMO QUE SHIHAN?




¡Ni son todos los que dicen, Ni dicen todos los que son!

Recientemente el tema volvió a surgir durante una charla de amigos en relación al título de Shihan y quienes lo usan  y quienes lo son. En ese contexto para apuntar a esa discusión,  El Termino Shihan es utilizado comúnmente en las Artes Marciales Japonesas para indicar  a un Instructor Senior, a un Instructor de Instructores, o instructor en Jefe. Dado que el tema se relacionaba al Aikido (Aikikai), no hay mucho  por donde darle de vueltas al tema, ya que de acuerdo a las regulaciones internacionales del Aikikai Hombu Dojo de Japon se establece claramente las distinciones entre el Sexto grado y el titulo de Shihan de la siguiente manera:

                          Capitulo 4 

(traducción literal)

            Articulo 15. CALIFICACION DE LOS INSTRUCTORES.
En relación a una organización reconocida por Hombu la calificación de los instructores es la siguiente:
            1, SHIHAN
            2, SHIDOIN
            3, FUKOSHIDOIN
            Los Titulos que otorgan la calificación están escritos en Japones
            Articulo 16.
Hombu examina y designa Shihan entre las personas que son 6 Dan o superior y que son sobresalientes en la práctica y la enseñanza
2, A la persona designada, se otorgará un certificado de designación por parte de Hombu:…….”
Aquí es importante enfatizar es el “Sexto Dan” como mínimo es una condición de pre existencia, ya que la regulación dice: “Sexto o Superior “para que Hombu examine y considere, dicho de otra manera primero se alcanza el Sexto Dan y después cuando demuestre ser sobresaliente en la Practica y Enseñanza, es decir que para que un Sexto Dan practique de manera sobresaliente tiene que hacerlo con alguien Igual o superior ya que de hacerlo con inferiores en grado no permitiría mostrar o denotar su alto nivel de Energía y limpieza en la técnica que un Sexto o Séptimo Dan debe tener,  y después sobresalir en la transmisión  de la técnica a otros incluyendo Instructores (SHIDOIN Y FUKOSHIDOIN)  es decir estar dando clases y dirigiendo la practica, es entonces que Hombu hace las consideraciones para expedir un certificado por escrito con la designación de “SHIHAN”.

Por que, del otro lado cabría la posibilidad de que adquirieras el sexto Dan, pero jamás se ha dirigido la práctica o se ha sido responsable de la misma (ya no digas ser Fukoshidoin  o Shidoin ) estrictamente vas a tu practica  cumplías con las obligaciones y adquirías tu grados, y  es entonces que recibes en automático el título de Instructor  de Instructores al llegar al Sexto Dan? Carece de lógica alguna.  Es decir no es requisito dirigir o ser responsable de la practica para ser sexto Dan. pero si para ser SHIHAN!!!!

¡Por eso los extremos propios de la regulación para  que no cualquiera lo sea! si no solo a quel que sobresale en los dos aspectos comentados a Juicio de Hombu. 


En conclusión, un Sexto Dan por el simple hecho de recibir el Grado no es un Shihan, si no tiene el certificado que expide el Hombu Dojo  que lo acredita y para ello deberá cubrir los extremos de las regulaciones que se pueden consultar en:

 http://www.aikikai.or.jp/eng/regulation/international.htm

Como quien dice papelito habla!

No hay comentarios: